RENTAL AGREEMENT ·
MIETVERTRAG
CONDICIONES GENERALES
Los derechos y obligaciones contenidos en el presente contrato de alquiler rigen el uso del vehículo para el cliente y no son transmisibles por éste. Solo se autoriza al cliente el uso del vehículo en los términos y condiciones del presente contrato de alquiler.
1.1.COSTALUZ CAR SERVICES S.L. (en adelante Albitana Rent a Car, Albitana o la empresa) hace entrega del vehículo en buen estado general (mecánico, exterior y de limpieza), habiendo superado los controles internos, con la documentación necesaria, herramientas y accesorios incluidos y con todos los neumáticos, incluido el de repuesto o kit de reparación en buen estado. El cliente (o arrendatario principal y pagador del alquiler) tiene la responsabilidad de leer y entender este contrato antes de firmarlo. Con la formalización del contrato el cliente acepta los términos del contrato de alquiler y acepta recibir el vehículo en las condiciones en las que se ha descrito.
1.2. Albitana Rent a Car podrá instalar dispositivos de localización de posición en sus vehículos, sin conocimiento expreso por parte del cliente, con la única finalidad de velar por su flota.
1.3. Queda expresamente prohibido, con carácter enunciativo y no exhaustivo con pena de perder todos los derechos:
1.3.1 Conducir el vehículo personas no autorizadas expresamente por Albitana Rent a Car. Cualquier conductor autorizado por la empresa para la conducción del vehículo durante la duración del contrato debe figurar en el anverso.
1.3.2 Destinar el vehículo al transporte de mercancías. Incluyendo el transporte de sustancias u objetos que por su condición o sus emisiones puedan dañar el vehículo y/o retrasar su posterior disponibilidad para el futuro alquiler.
1.3.3 Destinar el vehículo para el transporte de pasajeros.
1.3.4 Utilizar el vehículo para remolcar o empujar otros vehículos u objetos.
1.3.5 Participar con el vehículo en carreras, concursos o desafíos.
1.3.6 Conducir el vehículo bajo los efectos del alcohol, drogas o cualquier sustancia que merme las capacidades de la persona.
1.3.7 Conducir el vehículo estando exhausto, bajo medicación que lo desaconseje o en inferioridad de condiciones físicas que afectan a su consciencia o a su capacidad de reacción.
1.3.8 Viajar mayor número de personas de las que permite la ley para el tipo de vehículo alquilado.
1.3.9 Conducir en contravención de las normas de Seguridad y Tráfico.
1.3.10 Destinar el vehículo como coche de aprendizaje a la conducción.
1.3.11 Conducir fuera del territorio Nacional de la Península Ibérica salvo autorización expresa de Albitana Rent a Car, en cuyo caso, llevará aparejado los costes económicos que el cliente conoce. Penalización 120€ / día + 1,20€ por km. recorrido.
1.3.12 Trasladar los vehículos alquilados en la Península a las Islas o viceversa.
1.3.13 Cualquier conducta negligente o malintencionada.
1.3.14 Cualquier propósito ilegal.
1.4 El cliente deberá estar en posesión del correspondiente permiso de conducir, válido en la U.E., en vigor y con una antigüedad mínima de un año. Al mismo tiempo la edad mínima del cliente será de 21 años, en la fecha del alquiler, excepto para los vehículos de categoría familiar y especiales en los que la edad mínima será de 25 años. Cualquier conductor adicional deberá concurrir en las mismas normas de edad y antigüedad del permiso de conducir, así como la vigencia y validez, descritas anteriormente.
1.5 El cliente (conductor principal y arrendatario) deberá ser el pagador del contrato de alquiler, no aceptando Albitana Rent a Car cualquier otra situación diferente entre pagador y conductor o arrendatario principal.
1.6 E incumplimiento por parte del cliente, o de cualquiera de los conductores adicionales, de las obligaciones contenidas en el presente contrato implicará la resolución del mismo, quedando en beneficio de la empresa los depósitos y beneficios entregados a cuenta, sin perjuicio de la indemnización por daños, gastos y/o lucro cesante que Albitana pudiera reclamar.
1.7 El titular del contrato es la única persona autorizada por la empresa para realizar cambios de vehículos, extensiones y/o renovaciones del contrato. Para realizar una de estas acciones es necesario que el titular del contrato vaya a una de las oficinas con el vehículo alquilado.
1.8 El cliente debe cuidar el vehículo, asegurarse que esté cerrado, con las ventanillas cerradas, freno de mano activado y aparcado en lugar seguro cuando no se esté utilizando. Deberá usar cualquier dispositivo de seguridad que se le proporcione. El cliente deberá guardar en lugar seguro cualquier radio extraíble y/o GPS cuando el vehículo no esté ocupado. El cliente deberá utilizar el cinturón de seguridad y dispositivos de retención para menores de la manera apropiada.
1.9 El vehículo deberá devolverse en la fecha, hora y oficina indicada en el anverso. Si por algún motivo la devolución del mismo no se llevara a cabo de dicho modo, el diente sería responsable del vehículo hasta que la empresa tenga acceso al mismo, así como los costes, sanciones, tasas, y/o daños no cubiertos hasta la recuperación del vehículo.
- CAUCIÓN
2.1 En el momento de la firma del contrato el cliente abonará el importe del alquiler mas el importe en su caso determinado por la tarifa vigente a modo de caución, importe que será devuelto en un plazo de 72 horas desde el cierre del contrato siempre y cuando el mismo no tenga que ser utilizado para hacer frente a algún cargo extraordinario producido por el cliente. Este pago deberá realizarse obligatoriamente mediante una tarjeta de crédito física VISA o Master Card.
2.2 Tal y como figura en el anverso, el cliente autoriza con la firma de este contrato y de las condiciones del mismo que todos los cargos derivados del alquiler sean cargados en la cuenta de la tarjeta de crédito que ha entregado como medio de pago.
2.3 El cliente se compromete a no cancelar la tarjeta de crédito ni a devolver los cargos realizados a la misma por la empresa que traigan causa del contrato de alquiler o de la vulneración del mismo.
2.4 Si el cliente no paga cualquier de los cargos debidos a la empresa según el presente contrato de alquiler dentro del tiempo de duración de este, la empresa se reserva el derecho de reclamar jurídicamente la deuda.
- DEVOLUCIÓN DEL VEHÍCULO
3.1 El cliente devolverá el vehículo alquilado en el lugar y fechas estipulados en el anverso y se comprometen a mantener el vehículo, su equipo y sus herramientas en perfecto estado de funcionamiento. Cualquier alteración debe ser previamente autorizada por la empresa. El incumplimiento de esta condición faculta a la empresa a requerir judicial o policialmente la devolución y en su caso la reclamación en concepto de indemnización del importe de cada día de retraso en la entrega del vehículo desde la fecha prevista de finalización del contrato según la tarifa aplicada en el mismo mas una penalización de 40,00€ por cada día de retraso. Además la empresa podrá reclamar al cliente la totalidad de los gastos que suponga la recuperación del vehículo fuera del plazo contratado, del lugar indicado y los daños que se hubieran producido al mismo. Asimismo, desde la fecha prevista para la finalización del contrato, el cliente pierde todas las garantías y coberturas ofrecidas en el alquiler, incluso si hubiera contactado el cliente de la empresa pero no habiendo formalizado, con su firma, las nuevas condiciones de contratación.
3.2 La empresa está plenamente autorizada para retirar el vehículo del cliente en cualquier momento, siempre que haya transcurrido el plazo contratado por el arrendatario sin haberse producido la devolución del vehículo o haya existido vulneración de las condiciones pactadas por parte del cliente.
3.3 Previa autorización de Albitana Rent a Car, el cliente podrá devolver el vehículo en lugar diferente de las oficinas propias de Albitana, en este caso el cliente está obligado a estacionar el vehículo en un lugar legalmente autorizado para el aparcamiento, sin restricciones ni limitaciones de ningún tipo ya sean horarias o económicas, siendo el titular del contrato el responsable de cualquier coste derivado del incumplimiento de este punto (cargos de estacionamiento, grúas, depósitos, multas o sanciones).
- CARGOS DE ALQUILER
4.1 El cliente se compromete a pagar, con carácter enunciativo y no exhaustivo a la empresa:
4.1.1 Los cargos por el alquiler del vehículo, depósitos, entrega y recogida, seguros, combustibles e impuestos determinados en la tarifa vigente.
4,1.2 E importe de la reparación de los daños causados al vehículo, en caso de accidente o avería negligente, cuando concurran las circunstancias descritas en apartado 1 ó 5 de estas condiciones generales o cuando quede demostrado que los daños o la avería han sido debidos a la impericia manifiesta o el mal trato dado al vehículo por el cliente y/o conductores autorizados en el contrato.
4.1.3 Las multas de tráfico, gastos de toda índole o condición ocasionados por infracciones a la legislación vigente del código de circulación, cualquier cargo por aparcamientos incluyendo costes y sanciones por aparcar en zonas con limitaciones horarias o de rotación.
4.1.4 El coste de la falta de alguna herramienta, neumáticos, llaves u otros accesorios del vehículo alquilado, así como los gastos que ocasionen la asistencia del vehículo y el traslado de personas por alguna de estas causas.
4.1.5 La limpieza extraordinaria del vehículo, con carácter enunciativo y no exhaustivo: la debida a pelos de animales, arena, manchas en tapicería o moqueta, restos de comida o líquidos.
4.1.6 Los días de paralización del vehículo por accidente, avería o retención del mismo por organismos públicos o cualquier evento derivado de una conducta del cliente que vulnere lo previsto en el presente contrato a razón de la tarifa aplicada en el contrato mas una penalización de 40.00€ por día.
4.1.7 En el caso de que tras la finalización y liquidación del alquiler quede pendiente una cantidad a favor del cliente, esta se devolverá usando la misma forma de pago con la que el cliente realizo el pago inicial.
- La empresa no se responsabilizará del retraso o demora como consecuencia de esta transferencia por parte de entidades bancarias o de crédito.
- La empresa no se responsabilizará de las diferencias en los importes que pudieran surgir como consecuencia de la aplicación por parte de entidades bancarias o de crédito de un diferente cambio de divisa en el momento del cobro y la devolución.
4.1.8 El cargo mínimo por el alquiler comprende el alquiler de un día (que comprende 24h desde el momento que empieza a contar el contrato).
4.1.9 Las tarifas de alquiler de la empresa pueden variar entre las distintas oficinas, por lo que la empresa tiene el derecho de no aceptar entregas en una oficina si la reserva estaba prevista para otra oficina. Para estos casos, la empresa podrá aceptar la entrega añadiendo un cargo extra en concepto de “cambio de base” al precio inicial previsto. Cualquier alquiler que comience y termine en oficinas diferentes llevará un cargo adicional a abonar por el cliente en concepto “cambio de base”.
5 SEGURO, RESPONSABILIDAD Y ACCIDENTES
5.1 El cliente será el único responsable y deberá responder de las sanciones, multas, peajes u otras consecuencias de la violación de normas de tráfico así como pleitos incurridos por el mismo y/o condiciones no autorizadas, así como los gastos judiciales que se deriven. Si la empresa fuese requerida al pago de tales sanciones, el cliente acepta que la empresa le cobre el importe correspondiente con un recargo del 10% por los gastos derivados de la gestión de estos asuntos. La empresa, bajo petición del cliente, deberá proporcionar copia de cualquier notificación de tráfico que haya sido abonada por la empresa ante el impago por parte del propio cliente sancionado
5.2 La empresa queda exenta de la responsabilidad que surja en los accidentes, incluso en el caso de que se deba a una rotura de piezas mecánicas.
5.3 Únicamente los conductores aceptados expresamente por la empresa tienen calidad de asegurados y están cubiertos con un seguro obligatorio. Todos los conductores autorizados para la conducción deberán constar en el anverso del contrato.
5.4 La responsabilidad civil del cliente con respecto a los daños causados al vehículo arrendado está cubierta totalmente en los casos de Incendio y robo (excluyendo los casos de negligencias o malintencionados) y limitado en caso de accidente según tarifa en vigor y grupo de vehículo alquilado (excepto si se vulneran algunas de las condiciones anteriores).
5.5 En caso de robo del vehículo, el arrendatario se obliga a interponer denuncia ante la policía y entregar una copla de denuncia a la empresa en un plazo de 24h desde que ocurrió el suceso.
5.6 Si el vehículo resultase sustraído por una actitud negligente o malintencionada del cliente, de cualquiera de los conductores adicionales o de terceras personas no autorizadas expresamente por la empresa, el cliente será totalmente responsable del vehículo (daños que se le ocasionen y gastos que genere su recuperación; en caso de aparecer) así como de abonar el valor total del vehículo a la empresa.
5.7 Los días de paralización del vehículo (véase apartado 4.1.6) no están cubiertos por el seguro y se facturarán a razón de la tarifa aplicada en el contrato mas una penalización de 40,00€ por día.
5.8 En caso de accidente, daños, robo de vehículo o incendio, incluso parcial, el arrendatario se obliga sin pena de perder los derechos del seguro a:
5.8.1 Comunicarlo en plazo máximo de 24h desde que se produjo el mismo a la empresa.
5.8.2 Obtener datos de la parte contraria y posibles testigos cumplimentándolo en un parte que remitirá a la empresa dentro del plazo de 48h desde que se produjo el accidente, haciendo constar las circunstancias, lugar, fecha y hora del incidente, así como proporcionar cuanta información adicional fuera relevante: fotos, planos, etc.
5.8.3 Notificar inmediatamente a las autoridades si la culpabilidad de la otra parte debe ser investigada, o si hay personas heridas. Así como también, notificar mediante denuncia cualquier hecho delictivo relacionado con el vehículo.
5.8.4 No reconocer o prejuzgar la responsabilidad del hecho.
5.8.5 No abandonar el vehículo sin las medidas necesarias para protegerlo.
5.9 El seguro no cubre, con carácter enunciativo y no limitativo:
5.9.1 Daños producidos bajo la influencia de alcohol, drogas o cualquier sustancia o condición que merman la capacidad física del conductor.
5.9.2 Conductores que no están en posesión de permisos de conducir, o bien, estando en posesión de éste, no esté dado de alta en este anverso como conductor autorizado.
5.9.3 Los daños producidos en caminos, vías o carreteras no asfaltadas. Roturas de cristales, pérdida o rotura de llantas y/o tapacubos, daños en los neumáticos, pinchazos, y daños en embrague. Salvo contratación de la correspondiente cobertura adicional. Aun habiendo contratado el extra que cubre los daños a cristales, nunca estará cubierta la rotura negligente de los mismos, sea cual sea el motivo que lo produce.
5.9.4 Los daños que sufre el vehículo en los bajos del mismo sea cual sea el tipo de vía por la que circula.
5.9.5 Los daños ocasionados fuera del periodo de vigencia del contrato.
5.9.6 Los daños causados por objetos transportados en el interior del vehículo.
5.9.7 Los daños producidos en el interior del vehículo que no sean susceptibles de achacarse al desgaste normal por uso del mismo. Con carácter enunciativo y no exhaustivo, quemaduras en salpicaderos o asientos, roturas de piezas de cuadro de mando, techo interior, moquetas....
5.9.8 Los daños ocasionados en el techo del vehículo tanto los provocados por evaluar de forma incorrecta la altura, o los que resulten de golpes contra el vehículo de objetos situados, o que cuelgan, encima del vehículo o los derivados de vandalismo.
5.9.9 La empresa declina toda la responsabilidad por accidente o daños a propiedades ocasionadas por el vehículo de alquiler si deliberadamente el arrendatario ha suministrado a la empresa información inexacta relativa a su identidad, domicilio o validez de su permiso de conducción.
5.9.10 Los gastos de la obtención de un duplicado de las llaves y/o envío de juego de llaves a la oficina o dirección correspondiente o cualquier otra situación por la que se paralice el vehículo por motivos achacables al arrendatario. Asimismo no cubre los gastos de asistencia, ni del vehículo ni de personas derivadas de la pérdida, robo o deterioro (no achacable al uso normal) de las llaves del vehículo. La empresa podrá cobrar al cliente los días de paralización del vehículo producidos fuera del periodo de alquiler a razón de la tarifa aplicada en el contrato más penalización de 40.00€ por cada día.
5.9.11 Errores en el repostaje del vehículo y gastos que conlleve tanto la reparación como el traslado del mismo, así como los traslados de personas derivados de la incidencia.
5.9.12 Los gastos de asistencia al vehículo ni los gastos de traslado de personas, sea cual sea el motivo de la misma, si el vehículo no se encuentra en una carretera asfaltada o el acceso al lugar donde se encuentra no se puede realizar por una carretera asfaltada.
5.9.13 Los gastos de asistencia del vehículo producidos por tener que remolcarlo para salir de un bloqueo en barro, arena o similar. Asimismo, tampoco están cubiertos los gastos de asistencia del vehículo por haber estacionado en una zona no habilitada para ello.
5.9.14 En general, cualquier avería y/o daño producido por negligencia del conductor, daños en bajos, daños en techo, daños en interior o daños producidos por no seguir las instrucciones del fabricante o los producidos por no respetar las alertas indicadoras de los instrumentos de abordo (con carácter enunciativo y no exhaustivo; marcador de temperatura, alerta de parada..) Errores en carburantes, gripados de motor y entradas de agua (a interior de vehículo o en mecánica) serán por cuenta íntegra del cliente, así como los pinchazos, daños en ruedas, llantas y tapacubos. Asimismo, correrán por cuenta del cliente todos los gastos de asistencia, tanto del vehículo como de personas, derivadas de cualquier circunstancia anteriormente descrita.
5.9.15 Pérdida o sustracción de equipamiento del vehículo. Con carácter enunciativo y no exhaustivo: radio, bandeja, tapacubos, triángulos y/o señalización de emergencia.
5.9.16 Los objetos transportados por el cliente en el interior del vehículo en caso de incendio o robo del mismo, la empresa no se responsabiliza de los objetos olvidados por el cliente en el vehículo ni cubrirá de manera alguna el coste por pérdidas o daños que pudieran darse o producirse en esos objetos.
5.9.17 En general, todos los eventos provocados por contravención de lo previsto en este contrato o en la legislación o por culpa, robo o negligencia.
6 JURISDICCIÓN. Para cualquier divergencia que pudiera surgir entre el cliente y la empresa derivada de la ejecución del presente contrato, las partes se someten expresamente, y con renuncia expresa a cualquier otro fuero que pudiera corresponderle, a la jurisdicción de los juzgados y tribunales de la empresa( COSTALUZ CAR SERVICES, S.L.)